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Ficha de lectura 1
Cárdenas
Poveda, M; (2014). La globalización y el impacto de la integración económica en
el derecho administrativo colombiano. IUS.
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C., VIII() 77-97. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=293231720005
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Revista
del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla
Número de páginas leídas:
22
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Objetivo de Lectura:
El
propósito de este ensayo es evidenciar como la globalización y la integración
económica transforma el derecho administrativo de Colombia a medida que estos
van evolucionando.
1)
Resumen
2) Planteamiento
del problema
El derecho administrativo
contemporáneo ha sido objeto de una transformación producto de los cambios
socioeconómicos propios de la dinámica global y regional. Así, estas líneas se proponen
dilucidar brevemente el impacto de la globalización y de la integración
económica en sus perspectivas regional e interregional en un derecho
administrativo colombiano tradicionalmente nacional y dogmático, lo cual ha
traído como consecuencia la tendencia a su homogeneización, respuesta que
concretamente se observa en el mandato constitucional de integración
latinoamericana y del Caribe, y más allá, la celebración de acuerdos de
cooperación y de tratados de libre comercio.
1. Introducción
La apertura del mercado
colombiano iniciada en estos años trajo a su vez retos importantes de
gobernabilidad que, junto con el desarrollo de las telecomunicaciones y la
infraestructura nacional, hizo que el Estado se planteara nuevas maneras de
ejercer la función administrativa de forma eficiente mediante la delegación de
algunas competencias administrativas por colaboración privada.6 En este
contexto, las variables que se constituyen en expresión concreta de la
globalización en el derecho administrativo colombiano pueden sintetizarse en:
2. Desestatización de funciones a favor del mercado
Se define como la
reducción del espacio estatal a favor del mercado, como consecuencia de la
transformación de las formas de intervención del Estado sobre la economía. La manifestación
concreta de esta realidad se observa mediante diversas modalidades:
a) Contractualización
En este orden de ideas,
la contractualización es más que una tendencia, al convertirse en requisito
sine qua non para el ejercicio de funciones administrativas por particulares,
según lo establecido por la Corte Constitucional:
Para conferir funciones
administrativas a personas privadas mediante acto administrativo de carácter
particular, no basta la expedición de dicho acto conforme a lo prescrito por la
ley bajo examen, sino que es necesario, adicionalmente, que en todos los casos
se suscriba con ellos un convenio mediante el cual expresamente se acepte la
asignación de dicho ejercicio de funciones. Sólo de esta manera se preserva el
principio de equidad, puesto que la autonomía de la voluntad particular es
libre para aceptar la atribución individual de funciones administrativas, aun
cuando ella resulte onerosa para el ciudadano. Así, no se impone entonces
cargas exorbitantes a determinadas personas privadas en particular.
La contratación pública
es un indicador de globalización en cuanto atrae la inversión extranjera en la
implementación de proyectos que requieren la especialidad y capital de trabajo
del sector extranjero, lo cual a su vez propende por la competitividad y el
posicionamiento del mercado colombiano con impacto directo sobre el PIB. Esta
afirmación además ha tomado fuerza por causa de la negociación y ratificación
reciente de varios tratados de libre comercio celebrados con la Unión Europea y
Estados Unidos, entre otros países, con el objeto de ampliar las relaciones
comerciales y diplomáticas a un escenario contemporáneo internacional.
b) Liberalización
La desestatización como
parte de la globalización e integración se manifiesta también en la
desmonopolización de actividades a favor del mercado nacional e internacional,
lo cual abre la posibilidad a los particulares de desarrollar de manera
concurrente con el Estado actividades de servicio público
Como respuesta a la
liberalización a favor del mercado, se observa que el Estado pasó de ser un
prestador de servicios a un Estado regulador, que bien puede adoptar alguno de
los tres modelos regulatorios existentes mediante la Ley 142 citada: a) régimen
de libertad; b) libertad vigilada, o c) libertad regulada; lo anterior de
acuerdo con las características del mercado relevante. Así, la comisión
reguladora correspondiente puede establecer topes máximos y mínimos tarifarios
de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas de determinado sector económico.
Igualmente, podrá definir las metodologías para la determinación de tarifas si
conviene aplicar el régimen de libertad regulada o vigilada.
c) Privatización
Otra de las políticas
económicas propias de la globalización económica es la privatización o
desnacionalización, la cual responde a una política mundial inscrita en la era
neoliberal que tomó fuerza a mediados de la década de los años setenta y se
profundizó en la década de los ochenta como una respuesta a la crisis
capitalista de finales del siglo xx. 27 En términos jurídicos, se define como
el retiro del Estado de las actividades de prestación de bienes y servicios
d) Fomento económico
Otro de los ejes sobre
los cuales se desarrolla el tema bajo estudio es la política de fomento
liderada por el Estado, a través de la cual éste se propone atraer la inversión
extranjera y, a su vez, ser eficiente en lo que se ha llamado “la
administración económica”
la integración regional
de base económica es una herramienta fundamental con que cuentan los países de
este hemisferio para enfrentar los retos que impone la globalización,
entendiendo por ésta un fenómeno económico complejo con incidencia dominante en
el intercambio de bienes y servicios, la inversión extranjera y la circulación
del capital.35 Como parte de la evolución de la función regulatoria de los
Estados sobre la economía, las administraciones han dado especial prioridad a
la celebración de tratados de libre comercio como andamiaje para posibilitar
dicho fenómeno, e integrar la movilidad de los capitales, de las personas y de
las tecnologías mediante la promoción a las exportaciones, teniendo como fin
último la creación de un mercado global donde las ventajas competitivas de unos
se fortalezcan con las de otros para impulsar conjuntamente la región mediante
alianzas, mercados externos y financiación con instituciones como en el Fondo
Monetario Internacional o el Banco Mundial.
la importancia de la
integración económica se manifiesta concretamente en los departamentos y
municipios ubicados en zonas de frontera, los cuales pueden adelantar
directamente con las entidades territoriales limítrofes del país fronterizo y
que se encuentran en el mismo nivel, programas de cooperación e integración a
efectos de fomentar el desarrollo comunitario, la prestación de servicios
públicos y la preservación del medio ambiente.39 En desarrollo de lo anterior,
el numeral 2 del artículo 300 constitucional establece que le corresponde a las
asambleas departamentales expedir las disposiciones relacionadas con las zonas de
frontera. Asimismo, el artículo 337 prevé que la ley podrá establecer para las
zonas de frontera regímenes especiales en materia económica y social que se
orienten a promover el desarrollo de las mismas. En este sentido, aunque en
principio el ámbito geográfico de las facultades constitucionales mencionadas
se limita al desarrollo fronterizo, el preámbulo constitucional también se
enfoca en generar integración con otras naciones, bajo los principios de
reciprocidad, equidad y conveniencia nacional. De esta manera, el legislador
colombiano tiene amplias facultades para generar acuerdos de cooperación y
liberalización de mercados que propendan por generar desarrollo, con las únicas
limitaciones que le imponen la soberanía nacional y las competencias de las autoridades
nacionales y territoriales en su respectiva jurisdicción.
3. Cambios en la interacción entre el Estado y el ciudadano
Todas las entidades que
conforman la administración pública en Colombia debieron ajustarse a los
parámetros aludidos en un margen de tiempo específico otorgado por autorización
de ley. Éste sería un eslabón importante de la modernización del Estado, que ha
devenido en la interactividad tecnológica y uso de las tic, tratado en el
próximo acápite, y que ha cambiado la forma en la que el Estado interactúa con
sus administrados.
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Conclusiones
A través de las líneas de
este trabajo puede evidenciarse, considerando los cambios históricos acaecidos
a partir de la liberalización económica y la apertura de los mercados, que el
derecho administrativo colombiano no desatendió la tendencia globalizadora
impulsada en parte por el ideal integracionista propio del comercio mundial.
Siendo por demás un mandato constitucional, la integración ha traído consigo la
implementación del uso de las tic en la función administrativa, el desarrollo
de políticas de fomento económico, la celebración de tratados de libre comercio
y acuerdos de cooperación, entre otros hechos de suma relevancia histórica. Es
obligado afirmar que en las últimas dos décadas el impacto de la integración
regional en los ámbitos social, cultural y económico en Colombia y la región es
destacado, en tanto la forma en que las administraciones interactúan con sus
asociados y con otras jurisdicciones ha evolucionado mediante la incorporación
de nuevas tecnologías, la creciente expansión de áreas de libre comercio, y un
estímulo constante del diálogo político multilateral. Con ello, las normas que
rigen la contratación estatal, los procesos de selección, los trámites ante el
Estado, el comercio y las demás relaciones, como se evidencia en este estudio, se
han reformado en búsqueda de la vigencia de los principios de eficiencia y eficacia
para posibilitar el ejercicio de la función administrativa del Estado en un
contexto de contemporaneidad. Con los avances reseñados, los retos de los
Estados en vía de desarrollo son constantes, y la voluntad política juega un
papel importante para visibilizar, reconocer y estimular el acceso de todos los
sectores y actores a un Estado visto como una gran empresa que es necesario
administrar según las necesidades de la globalización.
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Apreciación del
texto
La globalización y la
integración económica en sus perspectivas regional e interregional influyen en el derecho administrativo
colombiano a través de la implementación y modificación de su legislación
interna.
Por mandato
constitucional, el legislador colombiano tiene amplias facultades para producir
acuerdos de cooperación y liberalización de mercados con el fin de generar
desarrollo, con las únicas limitaciones que le imponen la soberanía nacional y
las competencias de las autoridades nacionales y territoriales en su respectiva
jurisdicción.
En lo referente a la
regulación del mercado y la integración económica, en Colombia el régimen de
libertad es la regla general, por lo cual el Estado sólo intervendrá en la
economía cuando sea estrictamente necesario para proteger los intereses de la
parte que se encuentre en desventaja, lo que genera confianza y estabilidad
jurídica para que el sector inversionista realice diversos negocios en la
región.
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Citas
La homogeneización del derecho
administrativo producto de la globalización es una realidad que se inspira en
una idea económica y social más antigua denominada “la aldea global”,2 la cual
proyecta un escenario en el que la accesibilidad de la información y la
apertura de la sociedad del conocimiento son posibles mediante un sinnúmero de
medios que revolucionan gradualmente la perspectiva política de los pueblos, y
con ella el derecho que rige a los Estados contemporáneos (p.78)
Lo anterior lleva a repensar la forma
en que los Estados administran sus economías, e incluso a estructurar una
integración económica de carácter regional e interregional, cuya manifestación
se concreta en acuerdos bilaterales o multilaterales que tienen como fin
apalancar el crecimiento de las regiones, que en el caso de Latinoamérica y el
Caribe se encuentra en vía de desarrollo. (p.87)
La integración regional es un baluarte
que combina la coordinación de políticas regionales, la liberación económica de
las fronteras y, con ello, la eliminación de las desigualdades y/o diferencias
de mercados, la cual es, “en efecto, considerada como una etapa o una
alternativa a la globalización, según la confianza que se le otorgue a los
mecanismos de mercado para integrar los hombres, las firmas y desarrollar los
territorios”, como se menciona en la Carta de las Naciones Unidas (p.88)
una reacción a la globalización es la
efectiva integración de mercados que en principio funcionaron separadamente,
pero que a través de su interfuncionalidad institucional y normativa hacen que
las empresas y/o filiales de las sociedades multinacionales de los países terceros,
una vez instaladas y reconocidas en un país, sean reconocidas en toda la
región.36 Más allá, se plantea la deslocalización como el reto más importante,
entendida ésta como “la libre circulación de bienes entre territorios
desarrollados de forma desigual donde las condiciones de costos son
completamente diferentes, mientras que el mercado permanece siendo único,
enorme y creciente(p.88)
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